Si estás casado o casada con un español o una española, puedes solicitar la nacionalidad por «matrimonio» cuando llevas 1 año con residencia legal y continuado en España. IMPORTANTE: Tienes que llevar mínimo 12 meses con residencia legal y continuado. Además, tu matrimonio debe llevar inscrito mínimo 12 meses en el Registro Civil. Si cumples entre 10 a 12 meses, ahora es hora de empezar a preparar tu tramite para poder presentar el tramite lo antes posible una vez que cumplas los 12 meses.


¿Estás casado/a con un ciudadano/a español/a? Entonces puedes solicitar la nacionalidad española por matrimonio si cumples estos dos requisitos clave:
???? Si llevas entre 10 y 12 meses con residencia legal, ya es el momento de preparar tu trámite para que esté listo justo al cumplir los 12 meses.
???? El pago se realiza en dos partes: 50 % al contratar y el otro 50 % a los 30 días.
Las tasas de las pruebas Cervantes no están incluidas, ya que no todos los casos requieren hacerlas. Si las necesitas, sus costes aproximados son:
Recomendamos hacer una consulta previa para revisar tu caso:
???? Si contratas el trámite dentro de las 48 horas posteriores a la consulta, descontamos el importe de la consulta del precio final.
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Este servicio no incluye la jura ante notario ni el anuncio de demanda, pero al contratar este trámite recibes un 15 % de descuento en esos servicios complementarios.
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