Residencia para inversores extranjeros

Si deseas realizar o has realizado ya una inversión significativa en España, podrías beneficiarte del régimen de residencia para inversores.

¿Qué es la residencia por inversor?

Es una concesión para vivir en España de forma legal, computándose dicho plazo para nacionalidad.

¿Quién puede pedir la residencia por inversor?

Los extranjeros que quieran vivir o residir en España cuando hayan realizado una inversión significativa. Entendiéndose cuando se den los siguientes supuestos:

  • Comprar un inmueble o varios inmuebles, libres de cargas por cuantía superior a
    500.00,00 euros.
  • Adquirir acciones o participaciones en una empresa española por cuantía superior a un millón de euros.
  • Tener un millón de euros en deposito bancario, fondos de inversión o fondos de capital
    riesgo.
  • Comprar deuda española por la cuantía superior a dos millones de euros.

Además, existe otros supuestos en que también se podrá obtener dicha solicitud de visa de inversor, cuando se acredite que se va a realizar una inversión que es de interés para el estado español.

¿Qué documentos se deben presentar para obtener la visa de inversor o residencia?

  • Modelo y tasa.
  • Pasaporte en vigor.
  • Certificado de Antecedentes Penales.
  • Certificado de tener un seguro médico.
  • Medios económicos que de 400 % del IPREM conforme al periodo real de residencia. Mucho cuidado, si el tiempo de tu residencia es de dos años, el computo económico será de 400% IPREM x 2.
  • La certificación que acredita el motivo de solicitud.

Nota importante: los documentos públicos que vienen del extranjero tienen que ser legalizado, apostillados y traducidos por traductor jurado.

¿Qué documentos se deben presentar para obtener la visa de inversor o residencia?

 El propio inversor o un delegado de éste.

¿Cómo se puede presentar la solicitud de residencia de inversor?

 Se formula una solicitud telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigida a la Unidad de Grandes Empresas y Sector Estratégico con toda la documentación obligatoria. El plazo para responder es de 20 días hábiles. A partir de ese plazo, corresponderá la concesión de la residencia por silencio administrativo positivo, siempre y cuando se tengan todos los requisitos presentados.

¿Se puede presentar la residencia de inversor desde el extranjero?

Sí, una vez concedida la solicitud se deberá tramitar un visado en el Consulado que corresponde a su demarcación.

¿Se puede presentar la residencia de inversor desde España?

Sí, siempre que la persona se encuentre de forma regular en España.

¿Qué ocurre si me deniegan la solicitud de residencia de inversor?

Tendrás la posibilidad de presentar un recurso de alzada contra la resolución por haber vulnerado tu derecho de residencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación. 

¿Se puede renovar la solicitud de residencia de inversor?

Sí, se podrá solicitar la renovación dentro de los 60 días antes o en el plazo de 90 días posteriores al vencimiento de la tarjeta. La renovación podrá solicitarse por periodo de 2 años siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar a la concesión.

¿Quién puede acompañar?

Los familiares que pueden acompañar son los ascendientes al cargo, el cónyuge o pareja de hecho y así mismo, los hijos menores de edad o mayores de edad dependientes del Inversor.

¿Dónde en España es mejor vivir para la obtención de la residencia de inversor?

Es indiferente el lugar, a efectos de la tramitación será el lugar donde vas a prestar los servicios. A efectos de buscar esos puestos de empleo, por normal general se publicarán más opciones en las ciudades principales de España.

¿El trámite de inversor tiene tasas?

Sí, el trámite tiene dos tasas administrativas, la primera de 78 euros y la segunda tasa, en el momento de obtener tu tarjeta de identidad que actualmente está en torno a los 16 euros.

¿Validez de la residencia?

La autorización inicial obtenida con el visado autorizará el acceso y residencia por el periodo de un año. 

La autorización de residencia obtenida directamente desde España tendrá una validez de dos años. 

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