¿Tienes una residencia en España (estudios, arraigo, no lucrativa, familiar comunitario, etc.) y quieres empezar a trabajar legalmente por cuenta ajena? Esta modificación puede permitirte hacerlo sin salir de España.
En EUROHISPANA te acompañamos durante todo el proceso, asesorándote a ti y también a tu empleador para que el expediente se presente correctamente y con las mayores probabilidades de éxito.
Desliza hacia abajo para conocer los requisitos, cómo funciona el trámite y cómo podemos ayudarte.


Si ya vives en España con una autorización distinta (estudiante, residencia no lucrativa, arraigo, familiar comunitario, etc.) y deseas modificar tu residencia para poder trabajar por cuenta ajena, este trámite es para ti.
Con EUROHISPANA te acompañamos durante todo el proceso para que puedas obtener tu autorización de trabajo de forma segura. Asesoramos tanto al trabajador como al empleador y revisamos toda la documentación antes de presentar el expediente.
Puedes iniciar el trámite 60 días antes del vencimiento de tu TIE y hasta 90 días después.
Recomendamos comenzar el trámite aproximadamente 80 días antes del vencimiento de tu tarjeta actual, para preparar la documentación con tranquilidad.
Existen distintos supuestos en los que puedes modificar tu situación para obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena en España. Algunos de los más comunes son:
Existen otros casos posibles, por lo que si tienes dudas sobre tu situación te recomendamos realizar una consulta jurídica previa.
Los requisitos pueden variar según el tipo de residencia que tengas actualmente, pero en general se solicita:
No pasa nada si todavía no tienes todos los documentos preparados.
En EUROHISPANA te asesoramos sobre cómo obtener cada documento necesario y revisamos especialmente la documentación del empleador y el contrato de trabajo.
Si es necesario, también podemos hablar directamente con el empleador para explicarle qué documentación debe aportar y resolver sus dudas.
Sabemos que reunir toda la documentación puede llevar tiempo.
Por eso en nuestro despacho damos al cliente hasta 6 meses desde la contratación para enviarnos toda la documentación y presentar el expediente.
Es un plazo amplio para que puedas preparar todo con tranquilidad y sin presión.
Precio: 500 € (IVA incluido)
No incluye:
La comunicación del alta debe hacerla el cliente al menos 7 días antes de la cita de huellas.
Precio: 600 € (IVA incluido)
Incluye:
Puedes pagar el trámite en dos plazos sin coste adicional:
Si deseas utilizar esta modalidad, simplemente:
Nuestro objetivo es que obtengas una resolución favorable.
Si durante la preparación del expediente decides cambiar el tipo de solicitud (por ejemplo a otro tipo de residencia), no hay problema en modificar el trámite antes de presentarlo.
En la mayoría de los casos no se cobra ningún importe adicional si el nuevo trámite pertenece al mismo régimen.
Solo puede existir diferencia de honorarios en casos como:
Esto solo aplica si el nuevo trámite tiene un presupuesto diferente y siempre antes de que el expediente haya sido presentado.
Si el expediente es denegado, ofrecemos un segundo intento.
En ese caso el cliente solo paga la tasa administrativa correspondiente.
Este segundo intento debe ser del mismo tipo de solicitud inicial o mediante recurso.
Si en el segundo intento decides cambiar a otro tipo de residencia diferente, se aplicará un pequeño suplemento para actualizar y adaptar toda la documentación.
La empresa debe pagar una tasa adicional (entre 200 € y 400 €, según el salario).
Nosotros preparamos esa tasa y se la enviamos al empleador para su pago.
Esta tasa no está incluida en el precio del trámite.
Te recomendamos realizar primero una consulta jurídica para revisar tu caso:
Si contratas el trámite dentro de las 48 horas tras la consulta, descontamos el importe de la consulta.
Estamos en Puerta del Sol – Calle del Arenal, 1.
También atendemos por videollamada a clientes de toda España.
Una vez realizado el pago, te enviaremos las instrucciones y comenzaremos a preparar tu expediente.
Descontamos la consulta de cualquier trámite durante 48 horas después de la consulta.