Ahora si que si, has logrado la oferta de empleo en España y ahora puedes modificar la residencia por cuenta ajena.
Si estás con residencia de búsqueda de empleo, tienes que haber estado, al menos, un año en situación de residencia para poder modificar a por cuenta ajena. Es decir, si ya llevas un año con la residencia de búsqueda de empleo y tienes una oferta de empleo, puedes modificar por cuenta ajena. Este trámite recomendamos que contrates mínimo 3 meses antes de que se te vence tu TIE actual.
El trámite de modificación para residencia por cuenta ajena desde España con EUROHISPANA conlleva siempre:
Hay dos opciones de contratación:
Fraccionamos el pago en dos, el primer abono del 50% es para comenzar con la recogida de la documentación. El segundo 50% se paga a los 30 días desde la contratación.
Si antes de empezar el trámite no tienes claro de tener los requisitos para obtener una concesión de residencia, sería necesario revisar tu caso a nivel personal, por lo que es recomendable hacer una Consulta de forma previa a la contratación, la cual tiene un coste de 68€ 0 78€ (dependiendo de quien te atienda) a través de videollamada o de forma presencial en nuestra oficina en Madrid. La puedes reservar aquí: https://eurohispanaabogados.com/reservar-cita/.
Si contratas el trámite con EUROHISPANA durante las 48 horas después de la Consulta, ésta la descontamos del trámite. Realizamos la asesoría online o puedes venir a nuestra oficina aquí en Madrid. Estamos en la Puerta del Sol, en la calle del Arenal, núm. 1.
Si ya tienes claro que cumples los requisitos del trámite puedes contratar directamente a través de “Añadir al carrito”.
Descontamos la consulta de cualquier trámite durante 48 horas después de la consulta.
+34 640 15 19 19 / +34 910 615 778
secretaria@eurohispanaabogados.com
Lunes a Viernes 10 a 14 y 15 a 18h.
Horario de España (CET), UTC +1
Calle Arenal 1, piso 1, puerta B, 28013 – Madrid.