Inscripción de matrimonio celebrado fuera de España.

¿Quién debe inscribir un matrimonio celebrado en el extranjero?

El matrimonio por un español celebrado en el extranjero. Se debe inscribir en el registro civil de España para que este matrimonio produzca plenos efectos legales en España. Aquí podemos diferenciar la inscripción que se realizará en la oficina consular o en el registro civil de España.

¿Quién puede solicitar la inscripción?

Cualquiera de los dos cónyuges pueden solicitar la inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero, con independencia de su nacionalidad. Este sería el típico supuesto de que un español se case con una persona extranjera.

¿Qué documentos necesito para escribir mi matrimonio?

Los documentos que se relacionan a continuación, son una lista enumera Tiba a efectos informativos, sin perjuicio de que el registro civil viene en España o el registro civil consular pudiera solicitar documentación adicional distinta a la que aquí se expone, esto podría pasar, para validar que el matrimonio cumple todas todas las legalidades y corresponde a una realidad.

Los documentos son:

  • En primer lugar, y como no puede ser de otra forma, la hoja de solicitud de inscripción.
  • En segundo lugar el impreso de declaración de datos, debidamente cumplimentado y firmado.
  • En tercer lugar, el certificado literal, copia fiel del acta de matrimonio de los contrayentes extendido por el lugar donde se casaron en concreto el registro civil local. Aquí podemos diferenciar entre los documentos originales, copia literal o lo que se denomina copia fiel esta documentación se debe de haber obtenido de forma reciente, por ende, no debe de superar más de 12 meses desde que fue expedida el documento, el documento en su caso tendrá que venir debidamente legalizado, apostillado y traducido, por traductor jurado.
  • En cuarto lugar, certificado, literal o copia fiel del partidas de nacimiento y por supuesto, tenemos que diferenciar lo que son los documentos del español y por otro lado del extracomunitario. para el español será necesario llevar la partida de nacimiento, que no supere más de seis meses desde el momento de su expedición, evidentemente, no es necesario legalización apostilla ni traducción porque lo emite España, es decir, el Estado español para España, es decir, para el Estado español: en el caso del ciudadano extracomunitario, se requiere del acta de nacimiento, local, original, copia, literal o copia fiel, por supuesto que no supere más de 12 meses desde el momento de expedición y el documento siempre debe estar legalizado apostillado y traducido en su caso.
  • En cuarto lugar, vamos a necesitar para el cónyuge español, la identificación que será su DNI vigente o el pasaporte español.
  • En quinto lugar, vamos a necesitar el pasaporte del ciudadano extranjero.
  • En sexto lugar, si tramitamos el procedimiento desde España, vamos a necesitar el empadronamiento. Si estamos fuera de España, el documento que acredite que residimos en esa demarcación Consular.

¿Qué documentación especial se necesita para la inscripción de matrimonio en caso de divorcio?

Si alguno de los cónyuges estuviese divorciado antes del matrimonio con el ciudadano español, además es totalmente necesario que ese divorcio anterior esté inscrito en el registro civil oportuno. Para el ciudadano español es necesaria que esa sentencia esté inscrita en el registro civil español. para el ciudadano extranjero, se requiere de un certificado del registro civil donde aparezca el divorcio ya escrito.

¿Cuánto cuesta inscribir el matrimonio celebrado en el extranjero en en el registro civil español?

Trámite de matrimonio celebrado fuera de España no tiene coste es gratuito, así se oferta por parte de los registros civiles.

¿Cuánto tardan en enviarme la inscripción de mi matrimonio celebrado en el extranjero?

La duración del trámite de inscripción de matrimonio varía enormemente dependiendo del registro cánula que te pertenezca por tu demarcación consular o, si vas a escribir al registro civil central en España, ya que puede demorar más de seis meses.

Modelo 1: Solicitud de inscripción desde España.

Modelo 2: Declaración de datos de inscripción, debajo.

ENCANTADOS EN AYUDARTE

Horario de España : Lunes a Viernes 9h – 14h y 15h – 19h.
Calle Arenal 1, piso 1, puerta B, 28013 – Madrid.
secretaria@eurohispanaabogados.com
+34 640 15 19 19 | +34 910 615 778