¿Cuáles son los requisitos para solicitar el arraigo con el nuevo reglamento de Extranjería?

Si llevas más de dos años en España sin residencia legal, este artículo es para ti. El nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024 ha introducido cambios clave en los trámites por arraigo, facilitando la integración y el acceso a la residencia legal para muchas personas.

A continuación, te explicamos los tipos de arraigo y los requisitos principales para 2025:


✅ Requisitos generales para cualquier tipo de arraigo

  • Permanencia en España durante al menos 2 años sin haber sido solicitante de protección internacional.
  • Las ausencias no pueden superar los 90 días naturales en ese período.
  • El cómputo del plazo comienza desde que se desiste de una solicitud de asilo, si existió.

???? Arraigo de segunda oportunidad

Este nuevo tipo de arraigo aplica a personas que:

  • Tuvieron una residencia legal no por circunstancias excepcionales.
  • No pudieron renovar su autorización por causas fuera de su control (por ejemplo, desempleo o vencimiento de plazos).

No se puede solicitar si la denegación fue por motivos de orden público o salud pública.

????‍♀️ Arraigo sociolaboral

  • Contrato (o suma de contratos) con mínimo 90 días de duración.
  • Jornada mínima de 20 horas semanales.
  • Salario acorde al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Empleador debe estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

⚠️ No aplicable a trabajadores autónomos.

???? Arraigo social

Dos vías posibles:

  1. Vínculo familiar con ciudadano español o residente.
  2. Informe de integración de servicios sociales o comunidad autónoma.

Además, se debe acreditar medios económicos suficientes:

  • 100% del IPREM si la persona trabaja.
  • 200% del IPREM si los medios provienen del familiar.

???? Arraigo para la formación

  • Matriculación en formación profesional o curso autorizado por SEPE.
  • Inscripción como demandante de empleo tras obtener la autorización.
  • 50% de las clases deben ser presenciales.
  • Solo se puede pedir una vez cada tres años.

????‍????‍???? Arraigo familiar

Disponible para personas extranjeras que prestan apoyo a un familiar con discapacidad (solo un familiar puede solicitarlo por cada persona dependiente).

???? Arraigo para menores

Regulado por los artículos 159 y 160 del nuevo reglamento. Permite presentar la solicitud del menor junto con la de sus padres.


???? Conclusión

El nuevo reglamento busca ser más claro y flexible, pero también exige un conocimiento preciso de cada figura de arraigo. Por eso, en EUROHISPANA Abogados te ayudamos a trazar una estrategia legal personalizada para que tu solicitud tenga éxito.


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