Cuando tienes una residencia en España vinculada a otra persona, como por ejemplo un cónyuge o pareja de hecho, y esa relación se rompe, debes modificar tu residencia lo antes posible. No hacerlo puede tener consecuencias graves: Extranjería podría extinguir tu permiso al detectar que el vínculo ya no existe.
En este artículo te explicamos qué hacer si te divorcias, te separas o ya no convives con tu pareja, y qué opciones de modificación de residencia existen para no quedarte en situación irregular.
¿Qué pasa con tu residencia si te divorcias o disuelves la pareja de hecho?
Existen muchos permisos de residencia que están condicionados a la relación con otra persona, como:
- Residencia como familiar de ciudadano comunitario (por matrimonio, pareja registrada o relación estable)
- Residencia como cónyuge o pareja de hecho de español
- Residencia como reagrupado familiar
Si esa relación termina, ya no cumples los requisitos del permiso y tienes la obligación de modificar tu situación administrativa.
???? Importante: No esperes a que Extranjería descubra el cambio. Si no lo notificas a tiempo, pueden extinguir tu residencia y quedarás en situación irregular.
¿Qué opciones tienes para modificar tu residencia?
Dependiendo de tu situación personal y profesional, puedes modificar tu residencia a alguna de estas opciones:
Dependiendo de tu situación personal y profesional, puedes modificar tu residencia a alguna de estas opciones:
1. Nómada digital
Si teletrabajas para una empresa fuera de España y ganas más de 2.765 € al mes, puedes modificar tu residencia al régimen de teletrabajador internacional.
2. Estancia por estudios
Si vas a cursar estudios superiores en España, puedes solicitar una estancia por estudios. Debes pedirla al menos 60 días antes del vencimiento de tu TIE actual.
3. Residencia por cuenta ajena
Si llevas al menos un año con residencia legal en España y estás trabajando con contrato, puedes solicitar la modificación por cuenta ajena.
4. Residencia por cuenta propia
Si llevas un año con residencia legal y trabajas como autónoma o tienes tu propia empresa, puedes hacer una modificación por cuenta propia.
5. Profesional altamente cualificado
Si recibes una oferta de trabajo en un puesto que encaja en el perfil de alta cualificación, puedes acceder a esta vía de residencia.
6. Violencia de género
Si eres víctima de violencia de género y cuentas con sentencia o medida de protección, puedes modificar tu residencia por esta causa.
7. Residencia como familiar de comunitario o español
Si tienes un hijo menor de edad que es ciudadano de la Unión Europea o español, puedes solicitar la residencia como ascendente de menor europeo o español, aunque se haya roto el vínculo con tu pareja.
Ejemplo real: modificación favorable en 4 meses
Una de nuestras clientas tomó acción a tiempo. Se divorció y en lugar de esperar a que extinguieran su residencia, solicitamos la modificación en marzo de 2025 en la Oficina de Extranjería de Madrid. En julio de 2025, recibió resolución favorable.

Conclusión: no esperes, actúa antes de que sea tarde
Si ya no estás casada, separada o has disuelto tu pareja de hecho, y tu residencia depende de esa relación, no te arriesgues. Modifica tu residencia cuanto antes y mantente en situación regular en España.
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