Si llevas años viviendo en España, trabajando, formando tu familia y construyendo tu vida aquí, es normal que llegue un momento en el que quieras dar el siguiente paso: obtener la nacionalidad española.
La nacionalidad española por residencia es el procedimiento más común para que los extranjeros se conviertan en ciudadanos españoles. Sin embargo, muchas personas tienen dudas sobre cuánto tiempo tarda el trámite, qué documentos necesitan o cuándo pueden solicitarla.
Además, en los últimos años los plazos de resolución han cambiado bastante, por lo que es importante contar con información actualizada y preparar correctamente el expediente antes de presentar la solicitud.
En este artículo te explicamos los requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia, la documentación necesaria, los exámenes obligatorios y los aspectos más importantes que debes tener en cuenta para evitar retrasos o problemas en tu expediente.
¿Cuánto tiempo tarda en obtener la nacionalidad española por residencia?
El tiempo de resolución puede variar dependiendo del momento y de la carga de trabajo del Ministerio de Justicia. Durante gran parte de 2025, muchas nacionalidades se resolvían aproximadamente en 5 o 6 meses. Sin embargo, con el aumento de solicitudes y determinados ajustes administrativos, los plazos han empezado a ampliarse.
Actualmente, la realidad es que muchos expedientes están tardando entre 6 y 9 meses, e incluso algo más en algunos casos. En los últimos meses también han surgido informaciones sobre dificultades técnicas en la verificación de antecedentes policiales, lo que podría estar provocando ciertos retrasos adicionales en la tramitación.
Por eso es importante ser claros:
si alguien te promete obtener la nacionalidad española en 3 meses, probablemente lo esté diciendo solo para vender. En EUROHISPANA siempre preferimos ser honestos con nuestros clientes. A día de hoy, lo razonable es pensar en plazos cercanos o superiores a 9 meses.
Eso sí, independientemente del tiempo que tarde el trámite, si ya cumples el plazo legal para solicitar la nacionalidad, lo más recomendable es presentarla lo antes posible. Las leyes pueden cambiar en el futuro y conviene asegurar tu derecho cuanto antes.
¿Qué documentos necesito para solicitar la nacionalidad española por residencia?
Los requisitos pueden variar ligeramente según tu situación personal, pero en la mayoría de los casos se solicita:
- Pasaporte en vigor
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor
- Cumplir el plazo legal de residencia en España
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido durante los últimos 5 años
- Haber aprobado los exámenes del Instituto Cervantes (CCSE y, en algunos casos, DELE)
¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por residencia?
El requisito principal es haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante un determinado período de tiempo.
Plazos según cada situación
- 10 años → Plazo general para la mayoría de extranjeros.
- 5 años → Personas con estatuto de refugiado.
- 2 años → Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año → Casados con ciudadano español, personas nacidas en España, viudos de españoles, personas bajo tutela de ciudadanos o instituciones españolas, o quienes no ejercieron el derecho a la nacionalidad por opción.
Nota:
Aunque existe un convenio especial con Guatemala, en la práctica suele resultar más seguro y sencillo solicitar la nacionalidad por la vía de residencia de 2 años.
¿Desde cuándo empieza a contar tu residencia?
El empadronamiento no cuenta. Solo se computa la residencia legal.
Ejemplos:
| Tipo de residencia o autorización | ¿Desde cuándo empieza a computar? | Observaciones |
|---|---|---|
| Antiguo arraigo social / sociolaboral / cuenta ajena / cuenta propia inicial | Desde el alta en la Seguridad Social | La residencia se considera efectiva una vez estás dado de alta en el empleo o actividad. |
| Búsqueda de empleo | Desde que se presentó el trámite | Verificalo siempre en la resolución o con certificado de residencia |
| Tarjeta de familiar de ciudadano de la UE (Familiar comunitario) | Según la resolución de concesión | Debes revisar en tu resolución dónde indica “en efecto desde”. En algunas provincias entra en vigor desde la presentación del trámite, pero varía según el caso. |
| Visado de residencia no lucrativa | Desde el sello de entrada en España | Es importante entrar por España para que el sello sea válido a efectos de cómputo. |
| Visado para altamente cualificado (Ley 14/2013) | Desde el sello de entrada en España | Igual que la no lucrativa, el cómputo comienza cuando entras al país. |
| Residencia profesional altamente cualificado tramitada en España | Desde la resolución favorable | Aplica cuando se solicita directamente en territorio español. |
| Residencia de nómada digital (teletrabajador internacional) | Desde la resolución favorable | Solo cuenta si la solicitud se hizo estando en España. |
| Refugiado / Protección internacional | Desde la primera cita de asilo, si luego se concede | El tiempo previo no computa si no se obtiene finalmente el estatus de refugiado. |
| Arraigo familiar / Residencia de familiar de español | Desde la resolución favorable | No es el mismo supuesto del familiar comunitario. |
| Arraigo para la formación / Arraigo socioformativo | Desde la resolución favorable | Recuerda comunicar tu matricula dentro de 3 meses desde la resolución favorable para no perder la residencia. |
| Razones humanitarias | Desde la resolución favorable | Solo se computa el tiempo posterior a la concesión. |
| Certificado UE (para ciudadanos comunitarios) | Desde la emisión del certificado UE | El empadronamiento no cuenta, solo la fecha del certificado. |
| Estancia por estudios | ❌ No computa | El tiempo con estancia no se considera residencia legal en España. |
Consejo: No presentes antes de tiempo, ya que puede generar una denegación y pérdida de meses.
Documentos necesarios para solicitar la nacionalidad española
La documentación puede variar ligeramente según cada caso, pero en la mayoría de solicitudes se requiere:
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor
- Pasaporte completo y vigente
- Certificado de nacimiento del país de origen
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
- Certificado de antecedentes penales de España
- Certificado de haber aprobado el examen CCSE
- Certificado de haber aprobado el examen DELE (solo para personas de países no hispanohablantes)
Requisitos adicionales importantes
Además de los documentos anteriores, debes tener en cuenta:
- Es fundamental mantener la residencia legal vigente durante toda la tramitación.
- Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados.
- Si están en otro idioma, deben traducirse por un traductor jurado en España.
- En el caso de nacionalidad por matrimonio, es obligatorio acreditar convivencia mediante padrón conjunto.
Nacionalidad española en casos especiales
Por cónyuge de español
Puedes solicitarla tras 1 año de residencia legal si estas casado/a con un español/a cumples con:
- Matrimonio inscrito en el Registro Civil español (mínimo 12 meses).
- Empadronamiento conjunto.
- Examen CCSE y, en caso de no ser hispanohablante, DELE.
Para menores de edad
Muchos padres dudan entre solicitarla por opción o por residencia. En la práctica, si el menor cumple los requisitos de nacionalidad española por residencia y el TIE está próximo a vencer, la vía de la residencia suele ser más ágil. Para el caso de nacionalidad española por opción, si pueden llegar a pedir que la residencia este en vigor.
Requisitos clave:
- TIE y pasaporte en vigor.
- Partida de nacimiento actualizada.
- Certificado de escolaridad (obligatorio para menores entre 6 y 18 años).
Este certificado debe estar firmado por el director del centro e incluir información muy específica que en EUROHISPANA te indicaremos una vez contratado el trámite. - Poder notarial específico si solo firma uno de los progenitores.
Los menores de edad no presentan CCSE ni DELE.
Plazos para solicitar
- 1 año → Si nació en España.
- 2 años → Si es iberoamericano o de país con convenio.
- 10 años → Régimen general.
Exámenes obligatorios: CCSE y DELE
Examen CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales)
El examen CCSE, organizado por el Instituto Cervantes, es obligatorio para casi todos los solicitantes de nacionalidad española.
Datos clave:
- 25 preguntas tipo test.
- Tiempo máximo: 45 minutos, aunque la mayoría lo termina en menos de 20 minutos.
- Se aprueba acertando al menos 15 de 25 preguntas.
- Validez: 4 años.
- Resultados disponibles en unas 3 semanas.
Consejo: inscríbete con 3–4 meses de antelación para asegurar tu plaza y no retrasar tu solicitud.
Examen DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera)
El examen DELE es obligatorio solo si vienes de un país no hispanohablante.
Datos clave:
- Nivel mínimo exigido: A2.
- Evalúa cuatro competencias: lectura, escritura, audición y expresión oral.
- No se ofrece todos los meses, por lo que conviene planificar con antelación.
- El resultado tarda aproximadamente 2 meses en llegar.
Consejo: inscríbete con 4–5 meses de antelación para evitar retrasos.
¿Qué es la prueba CCSE?
La CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) es una prueba de integración obligatoria para solicitar la nacionalidad española por residencia.
El examen consiste en 25 preguntas tipo test, y para aprobar necesitas acertar al menos 15.
Aunque muchas personas comentan que es un examen muy sencillo, en EUROHISPANA podemos confirmarlo: de más de 400 solicitudes de nacionalidad tramitadas, ninguno de nuestros clientes ha fallado la prueba.
Además, si por cualquier motivo no apruebas en el primer intento, la tasa de 85 € incluye un segundo intento totalmente gratuito. No necesitas pagar nada más.
Para prepararte, puedes estudiar con:
El manual oficial del CCSE
La App oficial disponible en Google Play y App Store
Simuladores y preguntas oficiales
¿Cuándo vencen los antecedentes penales para nacionalidad española por residencia?
| País de origen | Vigencia legal del documento | Aceptación por el Colegio de Abogados / Ministerio de Justicia | Recomendación de EUROHISPANA |
|---|---|---|---|
| Argentina | 5 días desde la emisión (según ley argentina) | Aceptado hasta 90 días | Presentar dentro de los 90 días |
| Costa Rica | 90 días desde la emisión | Aceptado hasta 90 días | Presentar antes de los 90 días |
| Paraguay | 90 días desde la emisión (algunos sin fecha de vencimiento) | Aceptado hasta 90 días | Presentar dentro de 90 días |
| Perú | 90 días desde la emisión | Aceptado hasta 90 días | Presentar antes de los 90 días |
| El Salvador | 30 días desde la emisión | 30 días | Presentar antes de los 30 días |
| Colombia | Sin fecha de vencimiento | Aceptado hasta 180 días | Presentar dentro de 90 días |
| Venezuela | Sin fecha de vencimiento | Aceptado hasta 180 días | Presentar dentro de 90 días |
| Chile | Sin fecha de vencimiento | Aceptado hasta 180 días | Presentar dentro de 90 días |
| Cuba | 1 año desde la emisión (según normativa cubana) | Aceptado hasta 180 días | Presentar dentro de 90 días |
| Nicaragua | 60 días desde la emisión | 60 días | Presentar antes de los 60 días |
| Panamá | 90 días desde la emisión | Aceptado hasta 90 días | Presentar antes de los 90 días |
Importante: Si tu certificado no tiene fecha de vencimiento, el Colegio de Abogados y el Ministerio de Justicia suelen aceptar documentos de hasta 180 días.
Aun así, en EUROHISPANA recomendamos presentarlos dentro de 90 días siempre que sea posible, para asegurar que estén plenamente vigentes al momento de la solicitud.
¿Es mejor presentar la nacionalidad por el Colegio de Abogados o por vía administrativa?
Existen dos formas de presentar la solicitud:
1️⃣ Vía administrativa (directamente ante el Ministerio de Justicia).
2️⃣ A través del Colegio de Abogados.
En EUROHISPANA Abogados, aproximadamente el 99 % de nuestros clientes prefieren presentar la nacionalidad a través del Colegio de Abogados.
Esto se debe a que el Colegio verifica la documentación físicamente antes de enviarla, lo que ofrece mayor seguridad jurídica.
En cambio, la vía administrativa es totalmente telemática y no existe ese control previo de la documentación.
¿Qué pasa si el expediente se retrasa?
Si un expediente supera los 12 meses de tramitación, en EUROHISPANA presentamos un impulso procesal para solicitar la resolución.
En muchos casos, este impulso permite que el expediente se resuelva en los meses siguientes.
¿Es necesario renunciar a tu nacionalidad de origen?
No si eres de un país con convenio con España.
Países de Iberoamérica con convenio
🇦🇷 Argentina
🇧🇴 Bolivia
🇧🇷 Brasil
🇨🇴 Colombia
🇨🇷 Costa Rica
🇨🇱 Chile
🇨🇺 Cuba
🇪🇨 Ecuador
🇸🇻 El Salvador
🇬🇹 Guatemala
🇭🇳 Honduras
🇲🇽 México
🇳🇮 Nicaragua
🇵🇦 Panamá
🇵🇾 Paraguay
🇵🇪 Perú
🇵🇷 Puerto Rico
🇩🇴 República Dominicana
🇺🇾 Uruguay
🇻🇪 Venezuela
Otros países con convenio
🇵🇹 Portugal
🇦🇩 Andorra
🇬🇶 Guinea Ecuatorial
🇫🇷 Francia
🇵🇭 Filipinas
España no limita el número de nacionalidades, pero debes comprobar si tus países de origen permiten la múltiple ciudadanía.
¿Quieres solicitar la nacionalidad española por residencia?
En EUROHISPANA Abogados analizamos tu caso, revisamos toda la documentación y presentamos tu expediente de forma profesional para evitar errores que puedan retrasar tu solicitud.
Si quieres saber si ya puedes solicitar la nacionalidad española, nuestro equipo puede evaluar tu caso.
👉 Reserva tu consulta ahora y te ayudaremos a preparar tu expediente correctamente.