Diariamente recibimos una de las dudas más frecuentes en el despacho: ¿si soy familiar de un comunitario (europeo), puedo trabajar antes de recibir la resolución de mi trámite de residencia?
La respuesta es sí ✅.
Si presentas tu solicitud de residencia como familiar de comunitario desde España y eres mayor de edad, tienes permiso de empleo durante el trámite. Muchos esperan a que llegue la comunicación de inicio porque primero te tienen que asignar el NIE.
En este artículo te explicamos cómo funciona, qué errores debes evitar y qué esperar durante el proceso.
¿Puedo trabajar antes de la comunicación de inicio?
Algunos funcionarios pueden decirte que con el justificante de presentación y el número de expediente ya puedes trabajar.
???? Sin embargo, nosotros recomendamos esperar a que te llegue la comunicación de inicio para tener la cláusula que te lo permite.
Con la comunicación de inicio en PDF, lo puedes demostrar a tu posible empleador. Ese documento el que acredita tu autorización temporal para trabajar en España.
¿Qué es la comunicación de inicio?
La comunicación de inicio es una notificación oficial en formato PDF que Extranjería envía tras revisar tu solicitud.
En ese documento encontrarás:
- Tu número de NIE asignado.
- Tu autorización temporal de trabajo.
Decimos «temporal» porque, en caso de inadmisión o denegación posterior del expediente (algo poco frecuente tras recibir la comunicación de inicio), ya no podrías seguir trabajando legalmente.
¿Cuándo llega la comunicación de inicio?
El plazo depende mucho de la provincia en Madrid tarda mínimo 2–3 meses. Es un proceso que puede resultar frustrante, pero es importante tener paciencia, ya que sin esa notificación no puedes empezar a trabajar.
Errores frecuentes que debes evitar
- ❌ Confundir el correo con el número de expediente con la comunicación de inicio.
- ✅ Recuerda: la comunicación de inicio es un PDF adjunto en el que consta tu permiso de empleo temporal.
¿Qué pasa si el empleador no me quiere contratar?
Aunque tengas autorización de trabajo desde la comunicación de inicio, algunos empleadores prefieren esperar hasta que tengas tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en mano.
Esto es legal:
- ✔️ Hay empresas que aceptan contratarte con la comunicación de inicio.
- ❌ Otras exigen esperar hasta que tengas la resolución favorable, las huellas tomadas y el TIE expedido.
En ambos casos, el empleador tiene derecho a decidir.
Conclusión
En 2025, los familiares de europeos sí pueden trabajar durante el trámite de residencia, pero muchas veces no lo puedes hacer hasta que llegue la comunicación de inicio, porque no tienes el NIE asignado aún, salvo si lo tenías antes. Antes de ese momento, aunque tengas número de expediente, si no tienes el NIE, no puedes avanzar con el empleador. También ten en cuenta que al final depende si el empleador desea contratarte o no.
???? Nuestro consejo: mantente atento a las notificaciones de Extranjería y organiza bien tu documentación para evitar retrasos.
✅ ¿Aún no has iniciado tu trámite de residencia como familiar de comunitario?
Si tienes pensado en solicitar una residencia en España por ser familiar de Europeo, este es el momento de dar el paso. En EUROHISPANA Abogados revisamos tu caso, resolvemos tus dudas y te guiamos en todo el proceso para que vivas y trabajes legalmente en España sin complicaciones.